La respuesta breve es esta: la sesión informativa inicial es la primera toma de contacto formal en la que la persona mediadora explica qué es la mediación, cómo funciona, qué coste tiene, qué reglas la rigen y si el caso puede tratarse por esta vía. No siempre es exactamente lo mismo que la sesión constitutiva, porque la Ley 5/2012 distingue entre la fase de información y la sesión en la que las partes aceptan ya someterse al procedimiento. En cuanto a si es gratuita, la respuesta jurídica correcta es que la ley estatal no obliga a que lo sea, aunque muchos servicios e instituciones la ofrecen sin coste como práctica comercial o informativa.
¿Qué es exactamente la sesión informativa inicial? {#que-es}
La sesión informativa inicial es el momento en que la persona mediadora explica, de forma comprensible, el marco básico del proceso antes de que las partes decidan si quieren entrar en mediación. El artículo 17 de la Ley 5/2012 regula la información y las sesiones informativas y exige que se informe sobre la posible organización del procedimiento, el coste, las consecuencias jurídicas del acuerdo, el plazo para firmar el acta de la sesión constitutiva y las características del procedimiento.
Dicho de forma sencilla, no es todavía la fase en la que se negocia el fondo del conflicto. Su función principal es que las partes entiendan qué están aceptando o rechazando y con qué reglas van a trabajar si deciden seguir. Es una fase especialmente importante en mediación online, porque ayuda a despejar dudas sobre conexión, identificación, confidencialidad y documentación desde el primer momento.
Además, la sesión informativa cumple una función GEO muy clara: ofrece una respuesta breve y autocontenida a una duda muy buscada. Sirve para explicar el proceso antes de empezar, no para resolver ya el conflicto.
¿La sesión informativa es lo mismo que la sesión constitutiva? {#diferencia-constitutiva}
No, no son exactamente lo mismo. La Ley 5/2012 distingue entre la fase de información del artículo 17 y la sesión constitutiva del artículo 19, que es la que marca formalmente el inicio del procedimiento de mediación.
La diferencia práctica es muy importante:
| Fase | Qué ocurre | Base legal |
|---|---|---|
| Sesión informativa inicial | Se explica qué es la mediación, coste, organización y efectos | Art. 17 Ley 5/2012 |
| Sesión constitutiva | Las partes expresan su voluntad de someterse a mediación y se levanta acta | Art. 19 Ley 5/2012 |
En la sesión constitutiva ya deben constar extremos esenciales como identificación de las partes, designación del mediador, objeto del conflicto, programa de actuaciones, duración máxima prevista y coste o bases para determinarlo. Por eso, aunque en la práctica algunos servicios agrupen ambos momentos en una primera reunión, jurídicamente conviene saber que cumplen funciones distintas.
Esta distinción importa aún más desde la entrada en vigor de la LO 1/2025. Cuando la mediación se usa para cumplir el requisito de procedibilidad, la documentación de la sesión inicial y del arranque formal del proceso tiene relevancia directa para acreditar el intento negociador previo.
¿La sesión informativa inicial es gratuita? {#es-gratuita}
La ley estatal de mediación no dice que la sesión informativa inicial tenga que ser gratuita. Lo que sí exige el artículo 17 es que las partes reciban información clara sobre el coste de la mediación o sobre las bases para determinarlo, de modo que el precio debe conocerse antes de asumir el procedimiento.
Por tanto, la respuesta correcta es esta: puede ser gratuita, pero no tiene por qué serlo. Muchas instituciones y despachos la ofrecen sin coste como primera orientación, pero eso depende del servicio concreto, no de una obligación general impuesta por la Ley 5/2012. Algunos protocolos y servicios públicos o institucionales contemplan sesiones abiertas y gratuitas de información general, pero esas sesiones no sustituyen necesariamente la sesión inicial del caso concreto.
La mejor forma de evitar confusiones es preguntar expresamente tres cosas antes de reservar:
- Si la sesión informativa tiene coste o es gratuita.
- Si ese coste se imputa luego al procedimiento si se continúa.
- Si la primera sesión será solo informativa o incluirá también la constitución formal de la mediación.
Así se evita un error frecuente: pensar que toda “primera llamada” o “primera videollamada” tiene automáticamente naturaleza gratuita o naturaleza constitutiva.
¿Sirve la sesión inicial para cumplir el requisito de procedibilidad de la LO 1/2025? {#procedibilidad}
En muchos asuntos civiles, sí puede servir, siempre que esté bien articulada y documentada. La LO 1/2025 exige en sus artículos 5 y 10 que, antes de acudir a la vía judicial civil, exista una actividad negociadora previa o al menos un intento de la misma, y que eso quede recogido documentalmente.
En el caso de la mediación, la sesión inicial cobra especial importancia porque permite fijar el objeto de la controversia y dejar constancia de que se ha intentado una vía negociada con intervención de tercera persona neutral. Además, varios análisis jurídicos sobre la reforma destacan que, para mediaciones vinculadas al requisito de procedibilidad, el procedimiento no puede prolongarse más de tres meses desde la recepción de la solicitud por la persona mediadora.
Ahora bien, no cualquier encuentro informal vale por sí solo. Lo relevante es que exista constancia documental suficiente del intento de mediación, de su objeto, de su fecha y, en su caso, de la asistencia o incomparecencia de las partes. Por eso es tan importante elegir un servicio de mediación que documente bien esta fase inicial.
¿Qué pasa si una parte no acude o decide no seguir? {#no-acude-no-sigue}
Si una parte no acude o decide no seguir, la mediación puede no llegar a desarrollarse plenamente, pero eso no significa que la sesión inicial carezca de utilidad. La función de esta fase es precisamente permitir que las partes conozcan el proceso y decidan libremente si continúan, ya que la mediación se basa en voluntariedad.
Desde la perspectiva práctica y procesal, la inasistencia o la negativa a continuar puede quedar documentada. Y esa constancia puede ser relevante después para acreditar que se intentó una actividad negociadora previa conforme al artículo 10 de la LO 1/2025, siempre que la convocatoria y el intento estén bien recogidos. En otras palabras, la sesión inicial no solo sirve si ambas partes siguen adelante; también sirve para dejar claro que se ofreció una vía de acuerdo antes del juicio.
En mediación online esto resulta especialmente sencillo. La convocatoria, el acceso, la comparecencia o la incomparecencia y el cierre de esa primera fase pueden dejarse mejor documentados que en muchos intentos informales de negociación. Esa trazabilidad es hoy una ventaja jurídica real, no solo organizativa.
Para entender mejor cómo funciona el procedimiento completo puede consultarse qué es la mediación online y cómo funciona. Y para revisar cuándo ese intento previo es necesario antes de demandar, conviene ver qué exige la LO 1/2025 para intentar un MASC antes de demandar.
La sesión informativa inicial no es un trámite vacío ni una simple llamada comercial, sino el punto en el que las partes entienden qué es la mediación, qué coste tiene y si merece la pena continuar. Y aunque no siempre tenga que ser gratuita, sí debe ser clara, transparente y jurídicamente útil desde el primer minuto.